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En mayo vence el plazo para presentar la Declaración Jurada de Impuesto al Patrimonio de las Personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas.

Deberías saber que activos personales están gravados a tales efectos:

Saldo IP y su sobretasa, IRPF sucesiones indivisas15 de mayo de 2025
Declaración jurada IP y su sobretasa, año 2024.16 de mayo de 2025
Primer pago a cuenta IP y su sobretasa, año 2025.22 de setiembre de 2025
Segundo pago a cuenta IP y su sobretasa, año 2025.21 de octubre de 2025
Tercer pago a cuenta IP y su sobretasa, año 2025.22 de diciembre de 2025
Art. 6º D.30/015 saldo IP y su sobretasa y declaración jurada 2024.14 de febrero de 2025
Art. 6º D.30/015 anticipo IP y su sobretasa, 80% a cuenta año 2025.22 de diciembre de 2025

En líneas generales

Siempre que su valor en suma supere los $ 6:381.000 (Mínimo no imponible al 31/12/2024)

Te asesoramos para lograr la estructura patrimonial mas optima a los efectos de minimizar el costo impositivo.

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