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¿Quiénes no están obligados a presentar declaración jurada del IASS? 2024.

No están obligados a realizar declaración jurada:

Los contribuyentes incluidos en esta situación no tendrán que realizar ningún trámite.

Si usted no está incluido en estos casos, entonces SÍ deberá presentar declaración jurada.

Se recuerda que todos los pasivos que se hayan jubilado por el régimen de AFAPS deben presentar la declaración jurada anual del IASS si sus ingresos superan los $ 925.350, o sin haber superado dicho importe no presentaron el formulario 3800.

6. IASS: presentación de la declaración jurada y pago de saldo

La presentación de la declaración jurada se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:
Último dígito
RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda
Días de 2025
Todos07 de julio al 28 de agosto

Los contribuyentes del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2024 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:

1era. cuota29 de agosto de 2025
2da. cuota30 de setiembre de 2025
3era. cuota31 de octubre de 2025
4ta. cuota28 de noviembre de 2025
5ta. cuota30 de diciembre de 2025
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